Ordenanzas

 

 

 

 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                  DE GENERAL ALVEAR

          PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

                                                                                    

                                                            Corresponde a Expediente 4039-10.518/09

 

                                        

                                      ORDENANZA Nº 1533/2009

 

                    

 

ARTICULO 1º: Los señores contribuyentes que registren deudas impagas en concepto de IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES DESCENTRALIZADOS, ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA (Terrenos baldíos), DERECHOS DE CEMENTERIO, DERECHOS DE CONSTRUCCION, MULTAS Y CONTRAVENCIONES y otros ítems descriptos en la Ordenanza Impositiva vigente, podrán acogerse al presente “Plan de Regularización de Deudas” para obligaciones vencidas al 31 de Diciembre de 2008, el cual entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente, a saber:

 

ANTICIPO: Pago de las cuotas adeudadas durante el periodo 2009 al momento de acogerse al plan, (Capital e Intereses).

 

SALDO: Descuento del setenta por ciento ($70) de los intereses adeudados y cancelación del capital en hasta seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

 

ARTICULO 2º: El incumplimiento del pago de dos o más cuotas del convenio suscripto y/o de las cuotas de la Tasa, Impuesto o contribución que venzan con posterioridad a su firma, como así también del pago de las costas del juicio de apremio, producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de intimación administrativa o judicial previa, operando la caducidad del mismo, y pudiendo por tanto la Municipalidad reclamar la totalidad de la deuda original con más intereses establecidos en la Ordenanza Fiscal respectiva, 1,5% mensual, imputándose los pagos que se hubieren realizado a intereses y de quedar algún remanente al capital.

 

ARTICULO 3º: El vencimiento del presente Plan de Pagos operara el día 31 de diciembre de 2009, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar dicho plazo por el tiempo que lo considere oportuno.

 

ARTICULO 4º: El municipio realizará una amplia difusión a través de los medios de prensa locales, informando los alcances de la presente Ordenanza, a fin de dar a conocer a los señores Contribuyentes los beneficios del plan.

 

ARTICULO 5º:Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.-

 

 

                                     

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria al primer días del mes de Octubre de dos mil nueve. Aprobada por Unanimidad.-

 

 

 

Firman: Nancy Luján Artola, Secretaria Legislativa.

              Dr. Jorge Raúl Fondado, Presidente.