Ordenanzas

                                                                                               Corresponde Expediente Nº 4039-16294/2023

                       

                                    

                                                          ORDENANZA Nº 2504/2023

 

 

ARTÍCULO 1º: Apruébase la conformación de la nueva “Comisión de Carreras Hípicas – Decreto Ley 9233/78”, la que tendrá una duración de un año de mandato a partir del 1º de Abril de 2023 y se encuentra integrada de la siguiente manera: 

Un Presidente: DE GREGORIO, Joaquín Manuel (DNI Nº 28.767.285);

Un Vicepresidente: COPLA, Diego Enrique (DNI Nº 21.771.348),

Un Secretario: VILCHES, José Mariano (DNI Nº 25.033.816),

Un Prosecretario: URETA, Gregorio (DNI Nº 37.353.940),

Un Tesorero: PENSADO, Horacio Humberto (DNI Nº 10.614.495),

Un Protesorero: ORELLA, Pablo Elías (DNI Nº 21.771.491),

Cinco Vocales Titulares:

1º ALMENDROS, Agustín (DNI Nº 27.440.910),

2º LOMBARDO, Claudio Rubén (DNI Nº 25.172.964),

3º OLATE, Julio Ezequiel (DNI Nº 24.006.251), 

4º OLIVERA, Pablo (DNI Nº 37.353.899),

5º MARTINEZ, José María (DNI Nº 20.037.453),

Cinco Vocales Suplentes:

1º ORTIZ, Martin Osvaldo (DNI Nº 16.165.612),

2º MAMMARELLA, Ignacio (DNI Nº 38.927.727),

3º URRUCHUA, José Antonio (DNI Nº 17.405.007),

4º ARAMENDI, Emiliano (DNI Nº 37.353.957),

5º ARAMENDI, Juan Carlos (DNI Nº 13.704.997).

 

ARTÍCULO 2º: Apruébese las siguientes normativas que regirán para la realización de eventos en las instalaciones del CLUB HIPICO – RUEDO MUNICIPAL DE GENERAL ALVEAR, debiendo la Comisión dar estricto cumplimiento:

  • Coordinar calendario de posibles fechas de carreras o actividades en el predio con el Ejecutivo Municipal.
  • Seguro de vida para toda persona que manipule los equinos, Jockey, Cuidadores, Acarreadores, propietarios, etc., el mismo debe ser presentado el día anterior a desarrollarse el evento con listado de todas las personas aseguradas.
  • Ver todos los días los vareadores.
  • El mantenimiento del predio estará a cargo de la Comisión.
  • El uso de servicio de emergencia el día del evento estará a cargo de la Comisión con el organizador del evento.
  • El uso de los Boxes Municipales será exclusivamente los días que dure la actividad a desarrollarse o sea de transito.
  • Los arreglos o mejoras que se realicen en el predio deberán tener aprobación del Departamento Ejecutivo Municipal.
  • Los equinos que formen parte de la reunión hípica deberán contar con las libretas sanitarias completas y sus correspondientes papeles para el transito como lo solicitan los Entes Reguladores correspondientes.
  • El uso de la cantina debe estar regulado por la Dirección de Bromatología y Dirección de Inspección.
  • Se deberá acordar con el Ejecutivo mejoras a realizar o porcentaje de donaciones a algunas institución.
  • Deberá la Comisión presentar en Secretaría de Gobierno, bimestralmente, informe sobre situaciones (Balance, gastos, inversiones, mejoras, etc.).

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese.

 

 

Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria a los veinticuatro días del mes de Abril de 2023.

Aprobada por Unanimidad.

                                                          

 

 

 Diego Andrés Garaventa                                               José Alberto Alaníz

Secretario Legislativo H.C.D.                                           Presidente H.C.D.

   General Alvear (B.A.)                                                 General Alvear (B