General Alvear, 14 de noviembre de 2023.
VISTO:
Que por Ordenanza Nº 1727/2012 se creó el sistema de Becas Deportivas y el Decreto Nº 439/2012 donde se otorgo por 1º vez las Becas y conformo la Comisión respectiva; y
CONSIDERANDO:
Que se debe establecer el monto de las becas y los beneficiarios, de acuerdo a lo evaluado por la Comisión.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
ARTICULO 1º: Fijase en pesos cuarenta y dos mil seiscientos veinte con cuarenta y un ============= centavos ($ 42.620,41), el monto de las Becas Deportivas equivalente al 30% de pesos ciento cuarenta y dos mil sesenta y ocho con 05/100 ($ 142.068,05), del sueldo mínimo de la categoría 4 del Escalafón Municipal vigente al 1º de octubre de 2023.-
ARTICULO 2º: Otórguese a los deportistas que se detallan a continuación una Beca ============= Deportiva de pesos cuarenta y dos mil seiscientos veinte con cuarenta y un centavos ($ 42.620,41), correspondiente al mes de octubre de 2023.-
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ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-
DECRETO Nº: 745/2023
General Alvear, 14 de noviembre de 2023.
VISTO:
Las encuestas realizadas por la Asistente Social del municipio, donde se registran los casos, de las siguientes personas carenciadas, cuyas necesidades básicas deben ser atendidas; y
CONSIDERANDO:
Que a través del Tesoro Municipal se puede brindar ayuda económica a dichas personas.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Tesorería Municipal a abonar a las personas de escasos recursos que a continuación se detallan, en concepto de ayuda social, los siguientes importes:
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ARTICULO 2º: Impútese a la partida 5.1.4.0. - 27.02.00. Del Presupuesto de Gastos ============= vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-
General Alvear, 14 de noviembre 2023. | ||||||
VISTO: | ||||||
Lo recibido en el Convenio Ministerio de Educacion - 2° Etapa | ||||||
Escuela Tecnica; y | ||||||
CONSIDERANDO: | ||||||
El artículo 119 “in fine” de la Ley Orgánica de las Municipalidades | ||||||
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES | ||||||
DECRETA | ||||||
ARTÍCULO 1º: | Amplíase el Cálculo de Recursos Vigente en el rubro que se detalla a | |||||
============ | a continuación: | |||||
1110102000 | Secretaria de Gobierno y Hacienda | |||||
17.5.01.56 | Convenio Ministerio Educacion 2° Etapa Esc.Tecnica | $ 15.709.544,66 | ||||
Total | $ 15.709.544,66 | |||||
ARTICULO 2º: | Amplíase el Presupuesto de Gastos vigente en las partidas que se detallan a | |||||
============ | continuación: | |||||
1110101000 – Conduccion Superior | ||||||
24.00.00 - Obras Públicas | ||||||
24.55.00 - Ampliacion y Finalizacion Edificio E.E.S.T. | ||||||
5.4.7.0 | Transferencias a entes de gobiernos provinciales | $ 15.709.544,66 | ||||
$ 15.709.544,66 | ||||||
ARTICULO 3º: | Comuniquese, publiquese, registrese.- | |||||
DECRETO Nº: 743/2023 |
General Alvear, 13 de noviembre de 2023.
VISTO:
Las encuestas realizadas por la Asistente Social del municipio, donde se registran los casos, de las siguientes personas carenciadas, cuyas necesidades básicas deben ser atendidas; y
CONSIDERANDO:
Que a través del Tesoro Municipal se puede brindar ayuda económica a dichas personas.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Tesorería Municipal a abonar a las personas de escasos ============= recursos que a continuación se detallan, en concepto de ayuda social, los siguientes importes:
-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Impútese a la partida 5.1.4.0. - 27.02.00. Del Presupuesto de Gastos ============= vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-
DECRETO Nº: 742/2023
General Alvear, 13 de noviembre de 2023.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
ARTICULO 1º: Prorróguese, desde el día 10 de noviembre de 2023 y hasta el día 23 de noviembre de 2023, el vencimiento para el pago de la 4º Cuota del año 2023, de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, de acuerdo al Art. 180º de la Ordenanza Fiscal Nº 2491/2022.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-
DECRETO Nº: 741/2023
General Alvear, 13 de noviembre 2023. | ||||||
VISTO: | ||||||
Lo recibido en el Fondo Construccion 20 Viviendas; y | ||||||
CONSIDERANDO: | ||||||
El artículo 119 “in fine” de la Ley Orgánica de las Municipalidades | ||||||
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES | ||||||
DECRETA | ||||||
ARTÍCULO 1º: | Amplíase el Cálculo de Recursos Vigente en el rubro que se detalla a | |||||
a continuación: | ||||||
1110102000 | Secretaria de Gobierno y Hacienda | |||||
17.5.01.29 | Fondo Construccion 20 Viviendas | 23.240.209,97 | ||||
Total | 23.240.209,97 | |||||
ARTICULO 2º: | Amplíase el Presupuesto de Gastos vigente en las partidas que se detallan a | |||||
continuación: | ||||||
1110101000 – Conduccion Superior | ||||||
24.00.00 - Obras Públicas | ||||||
24.54.00 - Construccion 20 Viviendas | ||||||
4.2.1.0 | Construcciones en bienes de dominio privado | 23.240.209,97 | ||||
23.240.209,97 | ||||||
ARTICULO 3º: | Comuniquese, publiquese, registrese.- | |||||
DECRETO Nº: 740/2023 |
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