Decretos

General Alvear, 03 de enero de 2024.

 

 

VISTO:

           El Decreto Nº 238/2020, que autoriza al Jefe de Compras a delegar en los Secretarios, funcionarios y agentes a cargo de caja chica, la facultad de comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad; y

 

CONSIDERANDO:

           Que el Articulo Nº 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades posibilita al Sr. Intendente Municipal a autorizar al Jefe de Compras a delegar esta tarea en otros funcionarios, cuando el volumen de trabajo lo justifique y asumiendo los delegados la misma responsabilidad del Jefe de Compras;

           Que dicha autorización es más amplia que la conferida por el Decreto;

           Que, teniendo en cuenta el gran cúmulo de trabajo de la oficina de Compras Municipal durante todo el Ejercicio 2024 y volumen de lo comprado se justifica plenamente tal delegación;

           Que, por otra parte, la delegación referida ha venido operando en algunas adquisiciones del ejercicio referido por lo que se hace necesario convalidar lo actuado con el dictado del acto administrativo pertinente;

           Que, asimismo, dado la descentralización de la recepción de mercadería en diversos puntos de entrega se hace necesario indicar con precisión los autorizados a efectuar la recepción de mercadería en cada área;

 

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º: Autorizase al Jefe de Compras a delegar en los funcionarios que se ============= detallan a continuación, la facultad de comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la municipalidad, quienes asumirán la misma responsabilidad que lo compete al Jefe de Compras:

 

  1. Responsables de Caja Chica
  2. Intendente Municipal y Secretarios Privados
  3. Secretario de Obras y Servicios Públicos
  4. Presidente del Honorable Concejo Deliberante
  5. Comisario Inspector
  6.  Inspector General Control Urbano
  7. En el Área de Salud: Secretario de Salud, Dir. General de Salud, Dir. Gral. Hospital Municipal y Dir. Gral. del Hogar de Ancianos.
  8. Director General de Deportes
  9. Director General de Turismo
  10. Director General de Cultura
  11. Director General de Educación
  12. Director General de Desarrollo Social
  13. Director General de Obras Públicas
  14. Subsecretario de  Servicios Especiales Urbanos y Servicios Viales
  15. Director General de la Producción
  16. Director General de Gestión Ambiental
  17. Director General de Recursos Humanos
  18. Director General de Comunicaciones
  19. En el área de Hacienda: Secretario de Hacienda, Contador Municipal, Tesorera, Jefe de Compras, Director de Ingresos Públicos, Directora de Recaudación, Director de Desc. Adm. Tributaria,    Directora Of. Catastro, Directora Of. Casa de Campo y Guías, Enc. Ofic. Centro de Cómputos y Directora de Presupuesto.
  20. En el área de Gobierno: Secretario de Gobierno, Director de Sueldos, Director de Bromatología, Director Licencias Conductor, Asesor Letrado, Juez de Faltas y Enc. Fiscalía.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

 

DECRETO Nº: 03/2024