Ordenanzas

                                                              Bicentenario del fallecimiento del Gral. Martín  Miguel de Güemes

                                                                Corresponde Expte. Nº 4039-15605/2021

                                                         ORDENANZA Nº 2389/2021

 ARTÍCULO 1º: Apruébase la conformación de la nueva “Comisión de Carreras Hípicas – Decreto Ley 9233/78”, la que tendrá una duración de un año de mandato a partir del 1º de octubre de 2021 y se encuentra integrada de la siguiente manera:  Un Presidente: LOMBARDO, Claudio Rubén (DNI Nº 25.172.964), Un Vicepresidente: DE GREGORIO, Joaquín Manuel (DNI Nº 28.767.285), Un Secretario: PENSADO, Horacio Humberto (DNI Nº 10.614.495), Un Prosecretario: COPLA; Diego Enrique (DNI Nº 21.771.348), Un Tesorero: ARAMENDI, Juan Carlos (DNI Nº 13.704.997), Un Protesorero: ORELLA, Pablo Elías (DNI Nº 21.771.491), Siete Vocales Titulares: 1º NICORA, Sergio Luján (DNI Nº 20.545.407), 2º ORIOZABALA, Santiago (DNI Nº 36.635.374), 3º URRUCHUA, José Antonio (DNI Nº 17.405.007), 4º LUNA, Alfredo Marcelo (DNI Nº 26.244.586), 5º URETA, Gregorio (DNI Nº 37.353.940), 6º OLATE, Julio Ezequiel (DNI Nº 24.006.251), 7º VILCHES, José Mariano (DNI Nº 25.033.816), Siete Vocales Suplentes: 1º ORTIZ, Martin Osvaldo (DNI Nº 16.165.612), 2º CAMPOMENOSI Bruno (DNI Nº 42.294.120), 3º MARTINEZ, José María (DNI Nº 20.037.453), 4º LUISI, Jorge Emiliano (DNI Nº 17.485.290), 5º PELLISERO, Gustavo Leogardo (DNI Nº 22.762.699), 6º MAMMARELLA, Ignacio (DNI Nº 38.927.727), 7º KELLY, Martin Alejandro (DNI Nº 25.405.438).

 ARTÍCULO 2º: Apruébese las siguientes normativas que regirán para la realización de eventos en las instalaciones del CLUB HIPICO – RUEDO MUNICIPAL DE GENERAL ALVEAR, debiendo la Comisión dar estricto cumplimiento:

  • Coordinar calendario de posibles fechas de carreras o actividades en el predio con el Ejecutivo Municipal.
  • Seguro de vida para toda persona que manipule los equinos, Jockey, Cuidadores, Acarreadores, propietarios, etc., el mismo debe ser presentado el día anterior a desarrollarse el evento con listado de todas las personas aseguradas.
  • Ver todos los días los vareadores.
  • El mantenimiento del predio estará a cargo de la Comisión.
  • El uso de servicio de emergencia el día del evento estará a cargo de la Comisión con el organizador del evento.
  • El uso de los Boxes Municipales será exclusivamente los días que dure la actividad a desarrollarse o sea de transito.
  • Los arreglos o mejoras que se realicen en el predio deberán tener aprobación del Departamento Ejecutivo Municipal.
  • Los equinos que formen parte de la reunión hípica deberán contar con las libretas sanitarias completas y sus correspondientes papeles para el transito como lo solicitan los Entes Reguladores correspondientes.
  • El uso de la cantina debe estar regulado por la Dirección de Bromatología e Dirección Inspección.
  • Se deberá acordar con el Ejecutivo mejoras a realizar o porcentaje de donaciones a algunas institución.
  • Deberá la Comisión presentar en Secretaría de Gobierno, cada dos meses, informe sobre situaciones (Balance, gastos, inversiones, mejoras, etc.).

 ARTÍCULO 3º: Comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese

 Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, del día 12 de octubre de 2021. Aprobada por Unanimidad.

 Diego Andrés Garaventa                                        Silvia B. Cappelletti

Secretario Legislativo H.C.D.                                  Presidente H.C.D.

General Alvear (B.A.)                                              General Alvear (B.A.)