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Tasa Vial

OF. RECAUDACIONES

Por la prestación de los servicios de conservación, reparación y mejorado de calles y caminos rurales municipales, deberá abonarse los importes que a tal efecto se establezca en la Ordenanza Impositiva Anual y de acuerdo a la siguiente escala:
– De 0 a 200 Hectáreas
– Más de 200 a 500 Hectáreas
– Más de 500 a 1000 Hectáreas
– Más de 1000 Hectáreas

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