De Turno: Farmacia El Pueblo - Av. San Martin N° 848 | 2344 48-1278

General Alvear, 16 de abril de 2024.

VISTO:

             Lo establecido en la Ordenanza Nº 1682/12 relacionado al Programa de Becas para Capacitación del cual pueden ser beneficiarios personas sin ingresos o cuyos ingresos estén por debajo del índice de indigencia; y

CONSIDERANDO:

            La Ordenanza Nº 1682/12 y la modificación en el monto de becas de capacitación, realizadas por los beneficiarios, por Ordenanza Nº 2416/2022,

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Otórguense becas para capacitación por un monto total de pesos ============= seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos ($ 684.500,00) a través de la Directora General de Desarrollo Social, Sra. Migliori Lucrecia, conforme al siguiente detalle:

 ARTICULO 2º: Impútese a la partida 5.1.3.0 “Becas” 27.03.00 del Presupuesto de Gastos ============= vigentes.-         

ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

DECRETO Nº: 226/2024

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