General Alvear, 15 de enero de 2024
VISTO:
Lo establecido en la Ordenanza Nº 1682/12 relacionado al Programa de Becas para Capacitación del cual pueden ser beneficiarios personas sin ingresos o cuyos ingresos estén por debajo del índice de indigencia; y
CONSIDERANDO:
La Ordenanza Nº 1682/12 y la modificación en el monto de becas de capacitación, realizadas por los beneficiarios, por Ordenanza Nº 2416/2022,
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
ARTICULO 1º: Otórguense becas para capacitación por un monto total de pesos ============= ochocientos cincuenta y dos mil quinientos ($ 852.500,00) a través de la Directora General de Desarrollo Social, Sra. Migliori Lucrecia, conforme al siguiente detalle:
————————————–
ARTICULO 2º: Impútese a la partida 5.1.3.0 “Becas” 27.03.00 del Presupuesto de Gastos ============= vigentes.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-
DECRETO Nº: 56/2024