General Alvear, 03 de enero de 2024.
VISTO:
La necesidad de contratar los seguros para los bienes muebles, inmuebles y automotores de propiedad de la Municipalidad de General Alvear.
Que el Municipio debe cerciorarse que al momento de contratar dichos servicios las empresas brinden un respaldo absoluto y cumplan con lo pactado en caso que se produzca un siniestro.
Que la empresa Provincia Seguros S. A. ofrece dichos seguros a valores de mercado y por su conformación accionaria da plena garantía; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades en su inc. 2 admite compras y contrataciones directas cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades donde el Estado tenga participación mayoritaria;
Que de las averiguaciones realizadas ante la Empresa Provincia Seguros S. A. se informó que la composición accionaria de Provincia Seguros S. A. es de 60 % el grupo Bapro y el 40 % de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del personal del Banco Provincia, con lo cual se conforma lo exigido por la L.O.M.;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
ARTICULO 1º: Contrátese en forma directa con la Empresa Provincia Seguros S. A. los ============= seguros detallados en el Expediente Nº 4039-16535/2023, Período 01/01/2024 al 31/12/2024.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-
DECRETO Nº: 06/2024