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General Alvear, 13 de diciembre de 2023.

 

 

VISTO:

           El Expte. Nº: 4039-16545/2023, iniciado por la Dirección de Fiscalización y Seguimiento por solicitud el contribuyente, solicitando la Prescripción de Deuda de Tasa Municipal; y

 

CONSIDERANDO:

            El dictamen realizado por el Asesor Letrado, es dar curso a las prescripciones de las deudas Inmobiliarias a favor del Contribuyente –, por los importes debidos al Municipio en relación a la Partida Inmobiliaria Nº 12069 desde el periodo comprendido entre la cuota 4º de año 2014 a la cuota 6º de año 2017, ya que cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal Nº 2491/2022,

         

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º: Prescríbase, la deuda de la Partida Inmobiliaria Nº 12069, desde la Cuota 4º ============= de año 2014 hasta la cuota 6º de año 2017, de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales, del contribuyente: –– CUIT –, de General Alvear, Expte. Nº 4039-16545/2023.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

 

DECRETO Nº: 837/2023

 

 

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