General Alvear, 13 de diciembre de 2023.
VISTO:
El Expte. Nº: 4039-16545/2023, iniciado por la Dirección de Fiscalización y Seguimiento por solicitud el contribuyente, solicitando la Prescripción de Deuda de Tasa Municipal; y
CONSIDERANDO:
El dictamen realizado por el Asesor Letrado, es dar curso a las prescripciones de las deudas Inmobiliarias a favor del Contribuyente –, por los importes debidos al Municipio en relación a la Partida Inmobiliaria Nº 12069 desde el periodo comprendido entre la cuota 4º de año 2014 a la cuota 6º de año 2017, ya que cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal Nº 2491/2022,
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
ARTICULO 1º: Prescríbase, la deuda de la Partida Inmobiliaria Nº 12069, desde la Cuota 4º ============= de año 2014 hasta la cuota 6º de año 2017, de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales, del contribuyente: –– CUIT –, de General Alvear, Expte. Nº 4039-16545/2023.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-
DECRETO Nº: 837/2023