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General Alvear, 18 de octubre  de 2023.

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º: Abónese, por única vez, con los haberes de octubre de 2023, al agente   (Leg. Nº —), una Bonificación Especial de $ 9.295,00. Impútese a 1110102000 Secretaria de Gobierno y Hacienda. – 01.02.00. Gestión de Políticas de Hacienda.-

 

ARTÍCULO 2º: Abónese, por única vez, con los haberes de octubre, noviembre y diciembre   de 2023, a la agente (Leg. Nº —), una Bonificación Especial de $ 30.000,00 mensuales por acompañante Terapéutico. Impútese a 1110101000 Conducción Superior – 28.00.00. Promoción al desarrollo económico.-

 

ARTÍCULO 3º: Establézcase, a partir del 1º de octubre de 2023, para la agente   (Leg. Nº —), una Bonificación por Cargo y/o Función de $ 15.000,00. Impútese a 1110102000 Secretaria de Gobierno y Hacienda – 01.02.00. Gestión de Políticas de Hacienda.-

 

ARTICULO 4º: Déjese sin efecto, a partir del 1º de octubre de 2023, la Bonificacion  por Cargo y/o Función de $ 5.000,00 mensuales, de la agente   — (Leg. Nº —). Impútese a 1110102000 Secretaria de Gobierno y Hacienda. – 01.02.00. Gestión de Políticas de Hacienda.-

 

ARTICULO 5º: Establézcase, a partir del 1º de octubre de 2023, para la agente  — (Leg. Nº —), una Bonificación por Cargo y/o Función del 5% de su Sueldo Básico. Impútese a 1110102000 Secretaria de Gobierno y Hacienda. – 01.02.00. Gestión de Políticas de Hacienda.-

 

ARTICULO 6º: Déjese sin efecto, a partir del 1º de octubre de 2023, la Bonificación  por Cargo y/o Función de $ 5.000,00 mensuales, de la Directora de Recaudación —- (Leg. Nº —). Impútese a 1110102000 Secretaria de Gobierno y Hacienda. – 01.02.00. Gestión de Políticas de Hacienda.-

 

ARTICULO 7º: Establézcase, a partir del 1º de octubre de 2023, para Directora de  Recaudación —- (Leg. Nº —) una Bonificación por Cargo y/o Función del 3% de su Sueldo Básico. Impútese a 1110102000 Secretaria de Gobierno y Hacienda. – 01.02.00. Gestión de Políticas de Hacienda. Ad referéndum de la aprobación de la correspondiente Ordenanza que a tal efecto sancione el Honorable Concejo Deliberante.-

 

ARTICULO 8º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

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