De Turno: Farmacia El Pueblo - Av. San Martin N° 848 | 2344 48-1278

General Alvear, 17 de octubre de 2023.

 

 

VISTO:

             Las encuestas realizadas por la Asistente Social del municipio, donde se registran los casos, de las siguientes personas carenciadas, cuyas necesidades básicas deben ser atendidas; y

 

CONSIDERANDO:

            Que a través del Tesoro Municipal se puede brindar ayuda económica a dichas personas.

 

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Tesorería Municipal a abonar a las personas de escasos ============= recursos que a continuación se detallan, en concepto de ayuda social, los siguientes importes:

 

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ARTICULO 2º: Impútese a la partida 5.1.4.0. – 27.02.00. Del Presupuesto de Gastos ============= vigentes.-         

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

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