De Turno:Farmacia Cellillo - Av. San Martin N° 1170 | 02344 48-0011

 

  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                  DE GENERAL ALVEAR

          PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 – 1810    En el Año del Bicentenario  2010 –

 

 

                                                               Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque FPV –PJ.

 

                   

                           ORDENANZA Nº 1612/2010

 

Artículo 1º: En el marco del Programa Genito Mamario, crease en el Distrito de     General Alvear, La Semana del Control y Prevención de las Enfermedades Mamarias.

 

Articulo 2º: Declárese de Interés Municipal las actividades preventivas a               desarrollarse en el marco del programa mencionado, las que se ejecutarán en una semana a determinar, en el próximo mes de Noviembre, para lo que se ha solicitado el móvil mamográfico, que dispone el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

 

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Dirección de         Salud, tendrá a su cargo las distintas actividades que se programaran y realizaran en esa semana, para lo que previamente desarrollara una campaña publicitaria en los distintos medios de comunicación, locales y regionales, incorporándose como datos obligatorios de difusión, las estadísticas anuales actualizadas.

 

Artículo 4º: La Dirección de Salud coordinará con la Jefatura Distrital de                 Educación, a los efectos del dictado de charlas informativas, en las escuelas de adultos, dentro de los espacios curriculares relacionados con el cuidado de la salud.

 

Articulo 5º: El Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda,           establecerá un sitio de envergadura a designar, que durante toda la semana, se iluminará de color rosa, color adoptado universalmente, en las campañas de prevención del cáncer de mamas.

 

Articulo 6º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones       presupuestarias que resulten necesarias para implementar La Semana Del Control y Prevención de las Enfermedades Mamarias, bajo el concepto de interés municipal declarado en el articulo 2º de la presente ordenanza, en lo referente al suministro de recursos humanos, insumos, aparatología, difusión, movilidad y todo otro ítem que resulte preciso para el cumplimiento del objetivo de esta norma, con posterior informe al Honorable Concejo Deliberante.

 

Articulo 7º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria, a los veintitrés días del mes de Noviembre de dos mil diez. Aprobada por Unanimidad.-

 

 

 

 

 

 

 

                Nancy Beatriz Garrocho                                              Dr. Edgar Osvaldo Paternostro

                 Sec. Legislativa HCD                                                           Presidente HCD

             General Alvear Pcia. Bs. As.                                            General Alvear Pcia. Bs. As.

Categorías: Ordenanzas

0 comentarios

Deja una respuesta

Marcador de posición del avatar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *