De Turno: Farmacia El Pueblo - Av. San Martin N° 848 | 2344 48-1278

General Alvear, 15 de noviembre de 2023.

 

VISTO:

             Lo establecido en la Ordenanza Nº 1682/12 relacionado al Programa de Becas para Capacitación del cual pueden ser beneficiarios personas sin ingresos o cuyos ingresos estén por debajo del índice de indigencia; y

 

CONSIDERANDO:

             La Ordenanza Nº 1682/12 y la modificación en el monto de becas de capacitación, realizadas por los beneficiarios, por Ordenanza Nº 2304/2020,

 

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º: Otórguense becas para capacitación por un monto total de pesos ============= ochocientos veintiocho mil quinientos ($ 828.500,00), a través de la Directora General de Desarrollo Social, Sra. Migliori, Lucrecia, conforme al siguiente detalle:

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 ARTICULO 2º: Impútese a la partida 5.1.4.0. – 27.02.00. Del Presupuesto de Gastos  vigentes.-         

ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

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