De Turno: Farmacia Molina - Lavalle y San Martín | 02344 48-1105

La medida fue comunicada por el Jefe de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires Carlos Bianco al Intendente Municipal Ramón José Capra, luego de registrarse un aumento significativo y repentino de casos positivos de COVID-19 y un incremento de la velocidad de transmisión llegando a duplicar el número en el período de una semana. Estas medidas entrarán en vigencia a partir del viernes 23 de abril.

 

Este retroceso comprende restricciones a las siguientes actividades:

 

– Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas

– Salones de fiesta y/o eventos

– Actividades deportivas colectivas con o sin contacto, al aire libre o en espacios con amplia ventilación natural de más de 10 personas

 

 

Por otra parte, las siguientes actividades podrán realizarse de la siguiente manera:

 

– Celebración de ritos religiosos en espacios cerrados con ventilación natural: hasta 20 personas

– Natatorios en espacios cerrados: hasta 10 personas

– Restaurantes y bares en el interior con aforo hasta el 30%

– Gimnasios en espacios cerrados con amplia ventilación natural con aforo hasta el 30%

 

 

Además, dispone las siguientes restricciones horarias:

 

– Restricción horaria para la actividad comercial en general: 20:00 a 6:00 hs.

– Restricción horaria para actividad de bares y restaurantes: 23:00 a 6:00 hs. (el horario rige tanto para la permanencia en el establecimiento como para delivery)

– Restricción horaria para la circulación de personas y actividades no esenciales: 00:00 a 6:00 hs.

 

Quedan exceptuadas de las presentes medidas las estaciones de servicio y farmacias

 

Se aclara además que la prohibición de la concurrencia de visitas de familiares de internos a la Unidad N°30 y N°14 no depende del Gobierno Municipal sino de una decisión de las autoridades provinciales del SPB.

 

Sigamos cuidándonos entre todos y hoy más que nunca apelamos a la responsabilidad individual de todos los vecinos. Se recuerda a la comunidad que está vigente la Ordenanza N°2349/2021 que contempla multas por el incumplimiento de medidas de prevención y/o protocolos para actividades económicas, deportivas, sociales y artísticas.

Categorías: Prensa

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