La Municipalidad de General Alvear informa que adhiere a la Resolución Provincial Nº 138/2021 y modifica el Decreto Municipal Nº 57/2021 de fecha 01 de Febrero, Art. 2º en su apartado 1) y 2), los cuales tendrán vigencia desde el día 4 de Febrero y hasta el 28 de Febrero:
1) Las actividades artísticas, deportivas, culturales, sociales, recreativas, familiares o comerciales no podrán desarrollarse entre las 02:00 horas y las 06:00 horas de cada día.
2) Las actividades sociales, recreativas y familiares deberán desarrollarse con un máximo de diez (10) personas.
3) El incumplimiento de las medidas dispuestas será sancionado según lo establecido por el Código de Faltas Municipal.
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