De Turno: Farmacia El Pueblo - Av. San Martin N° 848 | 2344 48-1278

 

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

          DE GENERAL ALVEAR

    PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

 

 

                       ORDENANZA Nº 1396/05

 

 

 

 

Articulo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires un convenio para la cancelación de la deuda vencida e impaga que mantiene la Municipalidad con ese Instituto por $ 140.201,11 (pesos ciento cuarenta mil doscientos uno con once centavos) correspondiente al periodo comprendido entre Junio de 1999 y Diciembre de 2003, en 24 cuotas mensuales y consecutivas.

 

 

Articulo 2º: La deuda mencionada en el articulo anterior corresponde a los prestamos otorgados por decreto Ley 9104/78, y comprende a los barrios Pro Casa 1, 2 y 3 (Solidaridad 23), Solidaridad 24, Plan Novios y Plan Abuelos.

 

 

Articulo 3º: Las obligaciones de pago a asumir por la Municipalidad derivadas del convenio a celebrar serán garantizadas mediante la afectación de los recursos de coparticipación provincial debitando la Contaduría General de la Provincia los fondos correspondientes a la cuota mensual convenida.

 

 

Articulo 4º: El Departamento Ejecutivo deberá prever en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios de amortización e intereses hasta la total cancelación de la deuda y efectuar las adecuaciones contables correspondientes en el presente ejercicio.

 

 

Articulo 5º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiocho días del mes de Diciembre de dos mil cinco. Aprobada Por Unanimidad.-

 

 

Firmado:

María Angélica Araujo- Secretaria.

Gustavo Horacio Marcos- Presidente

Categorías: Ordenanzas

0 comentarios

Deja una respuesta

Marcador de posición del avatar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *