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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

             DE GENERAL ALVEAR

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

 

 

 

                       ORDENANZA Nº 1388/05

 

 

 

 

ARTICULO1º:Autorizase al Departamento Ejecutivo a concertar con la Provincia de Buenos Aires, a través del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, un préstamo por la suma total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y TRS MIL CIEN (u$s 53.100), equivalentes al noventa (90%) del monto total presupuestado para la ejecución del Proyecto “Adquisición de Equipos” Nº 03905, monto que se ajustara en el momento de la firma del contrato de adjudicación del Proyecto.-

 

ARTICULO 2°: El préstamo que se autoriza a contraer por el artículo anterior estará sujeto a las siguientes condiciones financieras:

Amortización: En cincuenta y cuatro (54) cuotas mensuales.

Interés: La tasa de interés será del cuatro (4%) anual.

Periodo de Gracia del Capital: Ciento Ochenta (180) días contados a partir del primer desembolso.

La cuota de interés será pagadera conjuntamente con las cuotas de amortización. Durante el periodo de gracia el Municipio pagará intereses cada noventa días (90), contados a partir de la primera transferencia, sobre el capital efectivamente desembolsado.

 

 

ARTICULO 3º: Los fondos del prestamos eran afectados integra y exclusivamente a la ejecucion del siguiente proyecto incluido en el programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal P.F.M.: “Adquisición de Equipos “Nº 03905.

 

 ARTICULO 4º: Los recursos provenientes del prestamos serán depositados ———————en una cuenta corriente bancaria denominada “Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal- Municipio de General Alvear – Proyecto Nº 03905”, que se habilitará en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTICULO 5º: Aféctense los fondos de coparticipación provincial que correspondan a este Municipio, como medio de pago y garantía del cumplimiento del Convenio de Prestamo, autorizandose a la Provincia a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, interese o cualquier otro gasto que se origine con motivo del Convenio de Préstamo.

 

ARTÍCULO 6º: El crédito se amortizara con recursos del Municipio provenientes de la afectación de rentas generales del Municipio beneficiario del proyecto enunciado en el Artículo 3º de la presente Ordenanza.

 

ARTICULO 7º: Créanse las partidas e incorpórense al presupuesto los recursos necesarios para atender el pago de a) la contrapartida de fondos que deberá aportar la Municipalidad durante el periodo de ejecución del proyecto y b) el servicio de amortización e intereses del empréstito del proyecto detallado en el Articulo 3º. El Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación.

ARTÍCULO 8º: El DepartamentoEjecutivo, por intermedio de la repartición correspondiente procederá a realizar la ejecución del Proyecto identificado en el Art. 3º de la presente Ordenanza conforme a las normas, reglas, trámites, operatorias y procedimientos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios establecidos en el Convenio de Préstamo.-

 

ARTICULO 9º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.

 

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los tres  días del mes de Octubre de dos mil cinco. Aprobada Por Unanimidad.-

 

 

 

Firmado:

Silvia Febe Martín-Secretaria Legislativa.                                   

Gustavo Horacio Marcos-Presidente HCD.

 

 

Categorías: Ordenanzas

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