HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1371/05
ARTICULO 1º: Prohíbese el tránsito o ingreso, al Partido de General Alvear, de residuos de cualquier tipo provenientes de otras jurisdicciones y/o Distritos.
ARTICULO 2º: Prohíbese la instalación de cualquier tipo de emprendimiento comercial o industrial, en el Distrito de General Alvear, cuyo rubro sea el tratamiento, reciclado o disposición final de residuos no generados en la jurisdicción
ARTICULO 3º: Comuníquese. Regístrese. Comuníquese.
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de Marzo de dos mil cinco. Aprobada Por Unanimidad.
Firmado:
Silvia Febe Martín- Secretaria.
Gustavo Horacio Marcos- Presidente
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