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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

             DE GENERAL ALVEAR

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                ORDENANZA Nº 1337/04

 

 

 

ARTICULO 1º: Dónase al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, el predio    identificado catastralmente como circunscripción 1, Sección F, Chacra 201, Parcela 1 a, con cargo a la construcción de 150 viviendas a través del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para personal del Servicio Penitenciario Bonaerense.

 

ARTICULO 2º: De no concretarse en inicio de las obras con las modalidades establecidas en  el artículo anterior en un plazo de cinco años a partir de la promulgación de la presente, caducará la donación establecida pudiendo el ejecutivo Municipal reclamar la devolución del terreno.

 

ARTICULO 3º: De igual manera se devolverá a este Municipio, previa aprobación del plazo    de subdivisión que corresponda, el remanente del predio no utilizado en la obra.

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese.Cúmplase.

 

 

 

 

.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 22 días del mes de Abril de 2004 y Aprobada por Unanimidad.-

 

FIRMAN: Gustavo H. Marcos

                Silvia F. Martin

 

 

Categorías: Ordenanzas

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