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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

             DE GENERAL ALVEAR

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

 

 

                                                                ORDENANZA Nº 1331/04

 

 

 

                                

 

ARTICULO 1º: Fíjase a partir del 01/01/2004 un adicional por presentismo de Pesos Cien      ———————($100,00.), para el personal  comprendido en el Estatuto para el personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires (Ley 11757). Dicho adicional no estará sujeto a retenciones previcionales o asistenciales.

                                 Serán causales de pérdida del presentismo:

a)    Inasistencias, justificadas o no.-

b)    Retraso de 1 hora y 20 minutos con 10 minutos de tolerancia en el horario de ingreso que se acumulen dentro del mes, significará la pérdida del 50% del presentismo ($50,00.).-

c)    La siguiente 1 hora y 30 minutos significará la pérdida del 50% restante.-

No serán causales de la pérdida del presentismo las inasistencias que se produzcan por:

a)    Fallecimiento de Padres, Esposos o Concubino, Hijos y Hermanos.

b)    Accidente de trabajo.

c)     Descanso Anual. 

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese.                ———————– Cúmplase.

 

 

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 23 días del mes de Marzo de 2004 y aprobada por unanimidad. 

 

FIRMAN: Gustavo H. Marcos

                Silvia F. Martin

 

Categorías: Ordenanzas

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