HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1329/04
ARTICULO 1: En caso de licencia por cualquier causa el Juez de Faltas, la Jurisdicción será ejercida por el Intendente Municipal, aplicándose el procedimiento previsto en el Art. 52 de Código de Faltas Municipales, pudiendo el Intendente Municipal en caso que el juez de faltas esté en uso de licencias por un periodo superior a 30 días corridos designar provisoriamente mediante el procedimiento previsto en el Art. 3ºde esta Ordenanza un abogado que reúna los requisitos del Art. 4º a efectos cumpla las funciones de Juez de Faltas hasta tanto se haga cargo el titular.
ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 04 días del mes de Marzo de 2004 y aprobada por Unanimidad
FIRMAN: Gustavo H. Marcos
Silvia F. Martin
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