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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

           DE GENERAL ALVEAR

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                                                                                                               Corresponde a Expediente 4039-14071/18

                           ORDENANZA Nº 2132/18

Artículo Primero: Modificase el artículo primero de la Ordenanza 2107/2017, agregando a la familia compuesta por CUCARO, MARIA ELIZABETH (DNI 26.863.142) Y ARNAO, GERARDO JOSE (DNI 26.496.072), los que accederán a ser beneficiarios de la parcela 4 de la manzana 201A de la quinta 201.Por lo que el articulo señalado quedará redactado de la siguiente manera: Artículo Primero: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a vender en forma directa los siguientes bienes inmuebles de propiedad del Municipio de General Alvear: I) Circunscripción I – Sección F – Chacra 201 – Manzana 201 n) – Parcelas: 3-4-5-7-13- II) Circunscripción I – Sección F–Chacra 201– Manzana 201 r) – Parcelas: 1-5-7-8-9-10-12 III) Circunscripción I – Sección F – Chacra 201 – Manzana 201 s) – Parcela: 8.;IV) Circunscripción I- Sección F-Chacra 201-Manzana 201ª)- Parcela 4; según Plano de Subdivisión: 034-0005-14 a las personas que a continuación se detallan en el cuadro siguiente (se designa nombre del comprador y manzana y parcela a vender):

 

 

APELLIDO Y NOMBRES

BIEN

DNI

1

DIAZ, JULIAN

201N-03

32.781.397

2

ANTOMARIONI, EVANGELINA

201N-04

33.552.220

3

HOUTRE, MARIA LAURA

201N-05

28.767.240

4

PERALTA,JUAN P.-FRANCESCHINI, DEBORA N.

201N-07

29.958.862-36.635.296

5

CEBALLOS ,MARIA CELESTE

201N-13

28.767.175

6

MAJLUF, MARIA J. –PASTORE, ALEJANDRO D.

201R-01

30.646.926-23.723.299

7

GUERRA, FLORENCIA ANAHI

201R-05

36.635.308

8

NUÑEZ, MAURICIO

201R-07

31.094.505

9

ANIDO, ERNESTO ALBERTO

201R-08

23.334.595

10

DOMINGUEZ SANTOS, OSCAR

201R-09

30.875.280

11

DIAZ, AGUSTINA

201R-10

39.558.089

12

ARRUA, JOANA INA ANDREA

201R-12

38.143.621

13

AGUER, YANINA SOLEDAD

201S-08

33.196.543

   14

CUCARO, M. ELIZABETH-ARNAO,GERARDO J.

        201A-04 

26.863.142-26.496.072

 

Articulo Segundo: Modificase el “artículo cuarto” de la Ordenanza 2107/2017, el que quedara redactado de la siguiente manera: Artículo Cuarto: Los compradores en garantía de las respectivas compraventas, se obligan a suscribir con la Municipalidad de General Alvear, un contrato de mutuo, que asegure el cobro del precio. Se reserva el primer grado de acreedor hipotecario para las entidades bancarias que otorgaran los créditos para la construcción de viviendas. Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con los compradores designados en el artículo primero, las respectivas escrituras traslativas de dominio, pudiendo además otorgar poder especial a quien el Intendente Municipal designe para el mismo fin y/o cometido. El préstamo municipal instrumentado por el Contrato de Mutuo previsto en ésta cláusula será destinado a la ADQUISICION de los inmuebles transmitidos por la Municipalidad. Dichas sumas de dinero deberán ser restituidas por los deudores/adquirentes de los inmuebles en ciento veinte (120) cuotas mensuales y consecutivas, exigibles a los veinticuatro (24) meses contados desde la suscripción de las escrituras traslativas de dominio. El precio de cada una de las ventas obedecerán a las tasaciones efectuadas por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, importes que deberán ser depositados en una cuenta perteneciente a la Municipalidad de General Alvear, y de acuerdo a la ley se destinaran a la provisión de los servicios esenciales de los inmuebles cuya autorización de venta contempla el artículo primero de la Ordenanza. En resguardo del patrimonio municipal se establecerá un interés sobre la suma de dinero instrumentada en el mutuo del uno por ciento (1%) anual devengado a partir de la suscripción de las respectivas escrituras.”- 

Artículo Tercero: Deróguese el  artículo Tercero de la Ordenanza 2107/2017.

 

Artículo Cuarto: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase, Publíquese.

 

 

Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Extraordinaria a los 20 días del mes de Marzo de dos mil dieciocho. Aprobada por Unanimidad.

        

    

 

         Néstor G. Papa                                          Ing. Mauricio A. Pavioni Rozzi

       Sec. Legislativo HCD                                          Presidente  HCD

   General Alvear Pcia. Bs. As.                              General Alvear Pcia. Bs. As

Categorías: Ordenanzas

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