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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                                             
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CORRESPONDE EXP. Nº 4039-2381/94

                    ORDENANZA Nº 1070/94

ARTÍCULO 1º:Modifíquese al artículo 36º inciso b) de la Ordenanza Fiscal Vigente, que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 36º: INTERESES: Inciso b) se aplicará un interés por la falta total o parcial de pago de los tributos, desde la fecha de vencimiento de cada cuota hasta el día de la efectivización del pago, tanto en los casos en que el contribuyente se presente voluntariamente, como en aquellos que exista juicio para el cobro.
Los contribuyentes que tengan juicio de apremio para el pago de la tasa abonarán los intereses establecidos en la presente Ordenanza, más los costos que el juicio demande”.

ARTÍCULO 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear a los 29 días del mes de Noviembre de 1994.-

Firmado: Gaudencio Aníbal Fernández– Presidente.
Luis Jorge Izurieta – Secretario.

Categorías: Ordenanzas

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