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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                                       CORRESPONDE EXP. Nº 4039-2344/94
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
                 
                         ORDENANZA Nº 1060/94

VISTO:
La necesidad de facilitar la gestión municipal en lo que respecta a la cobrabilidad de los Impuestos, Tasas y Contribuciones;
Que es preciso asegurar al Contribuyente la recepción en domicilio de los formularios de pago en correcto tiempo y forma;
La necesidad de propiciar cambios que permitan al departamento Ejecutivo efectuar un correcto seguimiento y control de cobranzas;
Que resulta de suma importancia proyectar acciones tendientes a lograr en el menor tiempo posible distribuir en todo el ámbito urbano y suburbano los respectivos recibos de cobro;
Y CONSIDERANDO:
Que la única persona afectada a estas tareas, en carácter de Personal destajista, Finalidad 3, Ítem 1, se ha acogido a los beneficios jubilatorios, no existiendo ninguna otra que realice actualmente dicha tarea;
Y en la seguridad de que lo propuesto habrá de redundar en el beneficio de agilizar el sistema, y en un aumento sustancial de la recaudación general;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES REALIZA EL SIGUIENTE PROYECTO DE
                                                   ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Desígnase en calidad de: PERSONAL DESTAJISTA – FINALIDAD 3 – ITEM 1 – a los señores MACHADO, Rutilio Salomé, LE Nº 1.244.658; RODRIGUEZ, Isabelino, LE Nº 1.232.601; ROSALES, Jorge, LE Nº 5.257.071; y VILLAVERDE Roberto LE Nº 5.236.894; los cuales tendrán a su cargo la cobranza de los Impuestos, Tasas y Contribuciones de la Municipalidad de General Alvear

ARTÍCULO 2º: De acuerdo con los montos a recaudar, se fija un porcentaje del DIEZ (10%) POR CIENTO, para una cobrabilidad del CINCUENTA (50%) POR CIENTO, sobre el total facturado. En caso de exceder dicho porcentaje, se establece un DOS (2%) POR CIENTO adicional. Estos montos se liquidarán a cada cobrador los días 10 de cada mes subsiguiente, de efectuado el cobro a los señores contribuyentes.

ARTÍCULO 3º: A los fines de establecer una mejor distribución y agilizar el sistema de entrega de los recibos de pago, se determinan cuatro (04)Zonas delimitadas entre las calles Av. San Martín e Hipólito Irigoyen, a saber:ZONA 1: Sector S.E.- ZONA 2: Sector S.O.- ZONA 3: Sector N.O.- ZONA 4: Sector N.E.

ARTÍCULO 4º: Todo lo concerniente a la presente Ordenanza se realizará con arreglo a lo que dicte la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 5º: Elévese al honorable Concejo Deliberante a los efectos de convalidar la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de Septiembre de 1994.-

Firmado: Gaudencio Aníbal Fernández– Presidente.
Luis Jorge Izurieta – Secretario.

Categorías: Ordenanzas

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