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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 845/87
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a contratar un crédito emergente que surge de la operatoria 311, y a cumplir todos los trámites legales ante los organismos pertinentes que determina la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTÍCULO 2º: Crear la Comisión Municipal de Control de Gestión del Crédito autorizado por el Banco Hipotecario Nacional para la construcción de 50 viviendas en General Alvear (Operatoria 311).-
ARTÍCULO 3º: Serán integrantes de la Comisión creada por el artículo anterior dos (2) representantes del Departamento Ejecutivo y 2 (dos) representantes del Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 4º: Las misiones y funciones de la Comisión son las siguientes:
Coordinar acciones a efectos de presentar ante el Banco Hipotecario Nacional, la documentación necesaria para que se efectivice el crédito.
Realizar gestiones para agilizar la tramitación administrativa.
Sugerir un sistema y condiciones de inscripción y preadjudicación.
Participar con la dirección de Obras Municipales y la Contaduría en el control técnico y administrativo de la obra.-
ARTICULO 5º: La Comisión Municipal de Control y Gestión del Crédito Hipotecario cesará en sus funciones al concluirse la obra de referencia.-
ARTICULO 6º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, a los 8 días del mes de Diciembre de 1987.
Firmado: MARIO FELIPE LAFUENTE Presidente.
ANTONIO PABLO PENA Secretario.
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