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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                         CORRESPONDE EXP. Nº 4039-2308/94
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                    ORDENANZA Nº 1048/94

ARTÍCULO 1º: Establécese un PLAN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE
DEUDAS Para contribuyentes y demás responsables de gravámenes municipales relacionados con: Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública – Tasa por inspección de Seguridad e Higiene – Derechos de Cementerio y Pavimento Urbano, cuyo vencimiento hubiere operado al 31 de Marzo de 1994, siempre que se presente dentro de los términos establecidos
en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2º: Se fija como fecha de vencimiento para acogerse al plan mencionado, el día 15 de Junio de 1994.

ARTÍCULO 3º: Las cuotas adeudadas serán actualizadas de acuerdo con el valor vigente al momento de acogerse al beneficio de la presente moratoria.

ARTÍCULO 4º: Sobre el monto total de la deuda registrada, se establecen las siguientes alternativas de pago:
PLAN 1: Ocho (08) cuotas mensuales, fijas, sin interés: Contado, 30, 60, 90, 120, 150, 180 y 210 días, con una bonificación del (50%) cincuenta por ciento.- PLAN 2: Dieciocho (18) cuotas mensuales, fijas, sin interés, con una bonificación del 40 (40%) por ciento de descuento.-

ARTÍCULO 5º: La falta de pago de tres (03) cuotas consecutivas o alternadas producirá la caducidad de pleno derecho de los plazos acordados quedando los responsables obligados a la cancelación del total de la deuda original más intereses correspondientes por mora.

ARTÍCULO 6º: No será necesaria la previa intimación para dar inicio a las acciones legales correspondientes, a todos aquellos contribuyentes que no manifiesten interés en acogerse al presente Plan de Regularización de Deudas.

ARTÍCULO 7º:Facúltase al Departamento Ejecutivo a prorrogar el plazo fijado en el Artículo Segundo de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 8º: Se invitará a los señores contribuyentes deudores a acogerse al presente Plan de Regularización de Deudas, realizando una profusa y amplia publicidad del mismo, en los medios de difusión escritos, orales y televisivos.

ARTÍCULO 9º:Comuníquese al D.E. a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días Del mes de Mayo de 1994 y aprobada por Mayoría.-

Firmado: Gaudencio Aníbal Fernández– Presidente.
Luis Jorge Izurieta – Secretario.

Categorías: Ordenanzas

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