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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                       CORRESPONDE EXP. Nº 4039-2284/94
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                     
                      ORDENANZA Nº 1046/94
           PARA EL PARTIDO DE GENERAL ALVEAR

ARTÍCULO 1º: Los Contribuyentes Jubilados, Retirados o Pensionados del inmueble que habitan, que registren a partir del1º de Enero de 1994, un ingreso neto del grupo familiar que no supere a un haber mínimo jubilatorio, quedarán eximidos por el Ejercicio 1994, del pago de la Tasa por Limpieza y Conservación de la Vía Pública, correspondiente a dicho inmueble.

ARTÍCULO 2º:Comuníquese al D.E. a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear a los 21 días del mes de Marzo de 1994.

Firmado: Gaudencio Aníbal Fernández– Presidente.
Luis Jorge Izurieta – Secretario.

Categorías: Ordenanzas

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