De Turno:Farmacia Cellillo - Av. San Martin N° 1170 | 02344 48-0011

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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE GENERAL ALVEAR

PROVINCIA DE BUENOS AIRES                                                            Expediente Nº 4039-1410/87.

                           ORDENANZA Nº 827/87

ARTICULO 1: Autorízase a la Municipalidad de General Alvear a asumir ante el Banco Hipotecario Nacional, la responsabilidad como Entidad Promotora, para la gestión de un crédito que permita la construcción de cincuenta (50) unidades habitacionales por el PROGRAMA TECHO.-

ARTÍCULO 2: La ENTIDAD PROMOTORA, tendrá a su cargo las siguientes responsabilidades:

a) Seleccionar los integrantes del grupo de Base presentando al Banco Hipotecario Nacional un listado de los miembros titulares y suplentes con todos los datos que se indican en la Pautas Sociales del citado Plan.

b) Asistir al grupo de Base para la obtención del terreno apto.

c) Suministrar asistencia técnica para la realización del Proyecto.

d) Gestionar ante el Banco Hipotecario Nacional la obtención del apoyo crediticio.

e) Asumir la tarea de dirección y administración de la obra, asistiendo al Grupo de Base en todo lo necesario para la ejecución de la obra hasta su terminación y adjudicación a cada familia.

f) Comprometerse a entregar las unidades a los adjudicatarios dentro de los cinco días contados desde la fecha de finalización de las obras.-

ARTÍCULO 3: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de agosto de 1987.

 

Firmado: MARIO FELIPE LAFUENTE ­ Presidente.

ANTONIO PABLO PENA ­ Secretario.


 

Categorías: Ordenanzas

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