Normal
0
21
false
false
false
ES-AR
X-NONE
X-NONE
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Corresponde Expte. Nº 4039-1508/88
ORDENANZA Nº 873/88
ARTICULO 1: Fíjase en la suma de AUSTRALES OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL (8.500.000) El Presupuesto General de Gastos de la Administración y Honorable Concejo Deliberante para el año 1988 que regirá conforme a las planillas obrantes a fojas 2 a 4 del expediente Nro. 40391508/88, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2: Estímase en la suma de AUSTRALES OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL (8.500.000) los Recursos destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos de la Administración y Honorable Concejo Deliberante para el año 1990 de acuerdo al detalle obrante a fojas 5 Y 6 del expediente Nº 4039-1508/88 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3: Apruébanse las planillas «Detalle de Sueldos Individuales» y «Retribuciones Globales Detalle de Sueldos Básicos», obrantes a fojas 8 a 11 del Expediente Nro. 4039-1508/88 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4: Apruébase la Estructura Orgánico Funcional obrante a fojas 7 del Expediente Nº4039-1508/88.
ARTICULO 5: Fíjase en CIENTO OCHENTA Y SEIS (186) el número de agentes de la Planta permanente, según detalle obrante a fojas 8 a 10 del Expediente Nro. 4039-1508/89, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 6: Apruébase la Ordenanza Complementaria de Presupuesto que obra a fojas 12 a 13 del Expediente Nº 4039-1508/88 y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 7: Facúltase al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos para reforzar conceptos preexistentes o crear nuevos en el Presupuesto de Gastos Vigente, respetando los nomencladores respectivos.
ARTICULO 8: Facúltase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Personal
Municipal los incrementos salariales siguiendo las pautas que fijen los superiores Gobiernos de la Provincia de Bs.As. y/o Nación, y en la medida de las posibilidades financieras, remitiendo en su oportunidad los respectivos Decretos para su convalidación.
ARTICULO 9: Facúltase al Departamento Ejecutivo a incluir las modificaciones detalladas en el artículo 1º del Dictamen del Concejo en Comisión.
ARTICULO 10: Comuníquese, regístrese, cúmplase.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 10 días del mes de Septiembre de 1988.
Firmado: MARIO FELIPE LAFUENTE Presidente.
OSCAR DANIEL MARTIN Secretario.
/* Style Definitions */
table.MsoNormalTable
{mso-style-name:»Tabla normal»;
mso-tstyle-rowband-size:0;
mso-tstyle-colband-size:0;
mso-style-noshow:yes;
mso-style-priority:99;
mso-style-qformat:yes;
mso-style-parent:»»;
mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;
mso-para-margin-top:0cm;
mso-para-margin-right:0cm;
mso-para-margin-bottom:10.0pt;
mso-para-margin-left:0cm;
line-height:115%;
mso-pagination:widow-orphan;
font-size:11.0pt;
font-family:»Calibri»,»sans-serif»;
mso-ascii-font-family:Calibri;
mso-ascii-theme-font:minor-latin;
mso-fareast-font-family:»Times New Roman»;
mso-fareast-theme-font:minor-fareast;
mso-hansi-font-family:Calibri;
mso-hansi-theme-font:minor-latin;}
0 comentarios