De Turno:Farmacia Solé - Av. Sarmiento N° 801 | 2344 481823

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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                                                       

DE GENERAL ALVEAR

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 Corresponde Expte. Nº 4039-1969/91

                           ORDENANZA Nº 955/91

 

ARTICULO 1:Fíjase en la suma de AUSTRALES VEINTICUATRO MIL MILLONES (Australes 24.000.000.000) El Presupuesto General de Gastos de la Administración y Honorable Concejo Deliberante para el año 1991 que regirá conforme a las planillas obrantes a fojas 2 a 5 del expediente Nro. 4039-1969/91, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2:Estímase en la suma de AUSTRALES VEINTICUATRO MIL MILLONES (Australes 24.000.000.000) los Recursos destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos de la Administración y Honorable Consejo Deliberante para el año 1991 de acuerdo al detalle obrante a fojas 6 a 7 del expediente 4039-1969/91 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3: Apruébanse las planillas “Detalles de Sueldos Individuales y Retribuciones Globales – Detalle de Sueldos Básicos”, obrantes a fojas 9 a 13 del expediente Nro.4039-1969/91 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

 ARTICULO 4: Apruébase la Estructura Orgánico – Funcional obrante a fojas 8 del expediente 4039-1969/91.

ARTICULO 5:Fíjase en doscientos cinco (205) el número de agentes de la Planta permanente, según detalle obrante a fojas 9 a 12 del expediente Nro. 4039-1969/91, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 6: Apruébase la Ordenanza Complementaria de Presupuesto que obra a fojas 14 a 15 del Expediente Nº 4039-21969/91 y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 7:Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente, respetando los nomencladores respectivos.

ARTICULO 8:Facúltase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Personal Municipal los incrementos salariales siguiendo las pautas que fijan los superiores gobiernos de la Provincia y/o Nación y/o Comisión Paritaria Municipal de la Provincia de Bs.As., y en la medida de las posibilidades financieras, remitiendo en su oportunidad los respectivos Decretos para su convalidación.

ARTICULO 9: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante y aprobada por mayoría a los dieciséis días del mes de Julio de 1991.-

 

Firmado: MARIO FELIPE LAFUENTE – Presidente.

JOSE LUIS BRANCATTI –Secretario.

 

Categorías: Ordenanzas

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