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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                            Corresp. Expte 4039-2042/92
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                           ORDENANZA Nº 980/92

ARTÍCULO 1º:Establécese un Plan Especial de Regularización Impositiva para aquellos contribuyentes y demás responsables de gravámenes municipales relacionados con la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública; Tasa por Seguridad e Higiene; y Pavimento Urbano, cuyo vencimiento hubiere operado hasta el 31 de diciembre de 1991,siempre que se presten dentro de los términos establecidos en esta Ordenanza.-

ARTÍCULO 2º: Se fija como fecha de vencimiento para acogerse al presente plan, el día 30 de Abril de 1992.-

ARTÍCULO 3º: Las cuotas adeudadas serán actualizadas de acuerdo con el valor vigente al momento del efectivo pago.-

ARTÍCULO 4º: sobre el monto total de cuotas adeudadas, se efectuará una quita del cuarenta por ciento (40%) como condonación de la deuda.-

ARTÍCULO 5º: El sesenta por ciento (60%) restante deberá ser cancelados en algunas de las siguientes alternativas:

ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA Y SEGURIDAD E HIGIENE:
a) Contado inmediato: con diez por ciento (10%) de descuento.-
b) Doce (12) cuotas bimestrales, consecutivas, ajustadas conforme al
crecimiento de las cuotas ordinarias y en forma conjunta con las mismas.-

PAVIMENTO URBANO
a) Contado inmediato: con el diez por ciento (10%) de descuento.-
b) Dieciocho cuotas mensuales, consecutivas, ajustadas conforme al
crecimiento de las cuotas ordinarias y en forma conjunta con las mismas.-

ARTÍCULO 6º: La falta de pago de dos (2) cuotas consecutivas o alternadas producirá la caducidad de pleno derecho de los plazos acordados, quedando los responsables obligados al pago total de la deuda original más sus ajustes correspondientes, los cuales serán actualizados de acuerdo con el régimen vigente.-

ARTÍCULO 7º: No será necesaria la previa intimación a los efectos de iniciar las acciones judiciales correspondientes a aquellos contribuyentes deudores que no manifiesten interés de acogimiento al Plan de Regularización.-

ARTÍCULO 8º: Facúltase al departamento Ejecutivo a prorrogar el, plazo fijado en el Artículo 2º de la presente.-

ARTÍCULO 9º: Se invitará a los señores contribuyentes deudores a acogerse al presente Plan de pagos para regularizar su situación, realizando una profusa y amplia publicidad del mismo, en los medios escritos, orales y televisivos.-

ARTÍCULO 10º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear a los 6 días del mes de Abril de 1992, y aprobada por unanimidad.-

Firmado: Mario Felipe Lafuente – Presidente.
José Luis Brancatti – Secretario.

Categorías: Ordenanzas

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