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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                    Corresponde Exp. Nº 4039-2028/92
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                            ORDENANZA Nº 987/92

ARTÍCULO 1º:Modifícase el Capítulo 1 – Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación del la Vía Pública, de la Ordenanza Impositiva Anual Vigente, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“CAPÍTULO 1 – TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA.”

ARTÍCULO 1º: Los inmuebles ubicados en los radios afectados por esta Tasa, tributarán los importes y alícuotas que al efecto se establecen en el presente
Artículo :
1.1. Será abonado por los usuarios del servicio eléctrico que presta la Empresa Social de la Energía de la Pcia. de Bs. As. ESEBA S.A. de acuerdo a las          siguientes alícuotas sobre el consumo básico de energía que registre cada usuario en las categorías:
a) Residencial: hasta 80kw 18% – más de 80kw   22%
b) Comercial…………………………………………………..12%
c) Industrial…………………………………………………….exento
d) Gobierno e Instituciones Públicas…………………..20%
1.2. Los inmuebles ubicados en el radio alcanzado por el servicio de Alumbrado Público que no estén conectados a la red eléctrica de ESEBA S.A., abonarán la Tasa conforme a las siguientes categorías:
Primera Categoría: Seis (6) cuotas bimestrales de $ 0,55 .c/u
Segunda Categoría: Seis (6) cuotas bimestrales de $ 0,41 .c/u
Tercera Categoría: Seis (6) cuotas bimestrales de $ 0,13 .c/u
2. Barrido y Conservación de Calles Pavimentadas:
        Categoría Única: Seis (6) cuotas bimestrales de $ 0,31 c/u
3. Recolección de Residuos:
        Categoría Única: Seis (6) cuotas bimestrales de $ 0,18 c/u
4. Conservación de calles no pavimentadas:
Categoría Única: Seis (6) cuotas bimestrales de $ 0,11 c/u
Inmuebles con frente esquina: reducción del quince (15) por ciento.”

ARTÍCULO 2º: La modificación prevista en la presente Ordenanza, regirá a partir de la fecha que fije el convenio a firmar con la ESEBA S.A.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 17 días del mes de Julio de 1992.-

Firmado: Luis Jorge Izurieta – Presidente.
José Luis Brancatti – Secretario.

Categorías: Ordenanzas

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