Decretos

General Alvear, 13 de diciembre de 2023

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º: Designase, a partir del 10 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre   ============= de 2023, a la Sra. CABALLERO, FLORENCIA (Leg. Nº 1340) como PERSONAL MENSUALIZADO – PERSONAL ADMINISTRATIVO – OF. ADMINISTRATIVO I – CAT. 23 – Régimen Horario de 35 Hs. Semanales, con un Sueldo Básico de $ --- – Bonificación por cargo y/o Función---- Bonificación Op. Eq. Comp. $ 200,00. Impútese a 1110102000 Secretaria de Gobierno y Hacienda - 01.01.00. Gestión de Políticas de Gobierno.-

 

ARTICULO 2º: Designase, a partir del 10 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre   ============= de 2023, al Sr. GALLO VILLAVERDE, PEDRO (Leg. Nº 1447) como PERSONAL JERÁRQUICO – SECRETARIO PRIVADO Sr. INTENDENTE, con un Sueldo Básico de $---- – Bonificación por cargo y/o Función del-- – Bonificación Op. Eq. Comp. $ 200,00Bonificación por Titulo Secundario del 6% de la Cat. 5 de 35 Hs. Semanales. Impútese a 1110101000 Conducción Superior – 01.01.00 Desarrollo de Políticas Centrales.-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

DECRETO Nº: 838/2023

General Alvear, 13 de diciembre de 2023.

 

 

VISTO:

           El Expte. Nº: 4039-16545/2023, iniciado por la Dirección de Fiscalización y Seguimiento por solicitud el contribuyente, solicitando la Prescripción de Deuda de Tasa Municipal; y

 

CONSIDERANDO:

            El dictamen realizado por el Asesor Letrado, es dar curso a las prescripciones de las deudas Inmobiliarias a favor del Contribuyente --, por los importes debidos al Municipio en relación a la Partida Inmobiliaria Nº 12069 desde el periodo comprendido entre la cuota 4º de año 2014 a la cuota 6º de año 2017, ya que cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal Nº 2491/2022,

         

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º: Prescríbase, la deuda de la Partida Inmobiliaria Nº 12069, desde la Cuota 4º ============= de año 2014 hasta la cuota 6º de año 2017, de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales, del contribuyente: --– CUIT --, de General Alvear, Expte. Nº 4039-16545/2023.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

 

DECRETO Nº: 837/2023

 

 

General Alvear, 13 de diciembre de 2023.

 

 

VISTO:

             Lo establecido en la Ordenanza Nº 1682/12 relacionado al Programa de Becas para Capacitación del cual pueden ser beneficiarios personas sin ingresos o cuyos ingresos estén por debajo del índice de indigencia; y

 

CONSIDERANDO:

             La Ordenanza Nº 1682/12 y la modificación en el monto de becas de capacitación, realizadas por los beneficiarios, por Ordenanza Nº 2304/2020,

 

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º: Otórguense becas para capacitación por un monto total de pesos ============= setecientos doce mil ($ 612.000,00), a través de la Directora General de Desarrollo Social, Sra. Migliori, Lucrecia, conforme al siguiente detalle:

 

------------------------------------- 

ARTICULO 2º: Impútese a la partida 5.1.4.0. - 27.02.00. Del Presupuesto de Gastos ============= vigentes.-         

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

DECRETO Nº: 836/2023

 

General Alvear, 13 de diciembre de 2023.

 

 

VISTO:

             La solicitud de subsidio presentada por la Asociación Cooperadora E.E. Nº 501  de General Alvear; y

                                                  

CONSIDERANDO:

             Que dicha institución cumple con las condiciones para hacerse acreedora de un subsidio,

 

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º: Concédase a la Asociación Cooperadora E.E. Nº 501 Gándara” de General =============    Alvear, la suma de pesos---- ($ --)  con destino a pago de servicio de internet, en concepto de Subsidio. Impútese a 5.1.5.0 – 35.01.00 Administración Políticas Educativas.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

 

DECRETO Nº: 835/2023

 

General Alvear, 13 de diciembre de 2023.

 

 

VISTO:

             La solicitud de subsidio presentada por la Asociación Cooperadora E.E.S. Nº 3“Maria Jurado de Gandara” de General Alvear; y

                                                  

CONSIDERANDO:

             Que dicha institución cumple con las condiciones para hacerse acreedora de un subsidio,

 

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE SUS FACULTADES

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º: Concédase a la Asociación Cooperadora E.E.S. Nº 3 “Maria Jurado de =============   Gándara” de General Alvear, la suma de pesos ---------  (---)  con destino a gastos por festejo del centenario de la institución (sonido, baños químicos y pintura para restauración del parque), en concepto de Subsidio. Impútese a 5.1.5.0 – 35.01.00 Administración Políticas Educativas.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

 

DECRETO Nº: 834/2023

General Alvear, 13 de diciembre de 2023.

 

 

VISTO:

            El Decreto Nº 01/2023, de fecha 03 de enero de 2023, en el cual entre otras cosas se detallan los responsables de unidades administrativas como ejecutoras del ejercicio y;

 

CONSIDERANDO:

              Que a la fecha se han producido cambio de funcionarios en algunas direcciones;

 

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º: Modifíquese, el Decreto Nº 01/2023, de fecha 03 de enero de 2023, en ============= el ARTICULO 7º y 10º, el que quedara redactado de la siguiente forma:

                

                                  ARTICULO 7º: Desígnese, como responsable del Sistema de Inversión Publica, al Director de Obras Publicas Arq. D`elia Eugenio Sebastián.-

          

                            En su ARTÍCULO 10º:

-Donde dice….“Dtor. Gral. De Obras Publicas: Ing. Brassesco, Ricardo Ceferino”, debe decir….“Gral. de Obras Publicas: Arq. D`elia Eugenio Sebastián”,  

-Donde dice….“Dtora Catastro: Marcos, María Salome”, debe decir…. "Dtora Catastro: Intendente Capra, Ramon J.”

-Donde dice…“Dra. Gral. de Educación: Sra. Paoltroni Gabriela Elisabet”, debe decir…. “Dra. Gral. de Educación: Sra. Chojo Marianela”

-Donde dice…“Dra. Gral. de Servicios Especiales Urbanos: Sr. Porta, José Maria”, debe decir…. “Dra. Gral. de Servicios Especiales Urbanos: Intendente Ramon, Capra J.”

-Donde dice….“Dra. Gral. de Producción: Ingra. Diaz Villaverde Nieves”, debe decir…. “Dr. Gral. de Producción: Vet. Caballeri, Luis Marcelo.”

-Donde dice….“Dra. Gral. del Hogar de Ancianos: Dra. Diaz Villaverde Nuria”, debe decir….“Dra. Gral. de Hogar de Ancianos: Sra. Figueroa, Ivon Maria.”

-Donde dice….“Presidente del Honorable Concejo Deliberante: Sr. Alaniz, José Alberto”, debe decir….“Presidente del Honorable Concejo Deliberante: Sr. Criado Julio Fabrizio”

            

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

 

DECRETO Nº: 833/2023

General Alvear, 12 de diciembre  de 2023.

 

 

VISTO:

             La solicitud presentada por la Dira. General de Educación solicitando la baja de Becas Económicas de estudiantes que han acreditado haber culminado sus estudios y,

 

CONSIDERANDO:

           Que corresponde registrar la baja de las becas económicas a partir del día 12 de diciembre de 2023  de acuerdo a lo requerido por la Dira. De Área,

 

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º: Disponese, con vigencia a partir del 12 de diciembre de 2023, las bajas de ============= Becas Económicas de los estudiantes detallados a continuación:

  • -------------------------------------------------------

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

 

DECRETO Nº: 832/2023